Registro REGCON

Plan de Igualdad

REGISTRO REGCON

El registro REGCON es un registro público que contiene información sobre convenios y acuerdos colectivos de trabajo, planes de igualdad y otros documentos relacionados con el ámbito laboral. El registro está gestionado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

El registro REGCON tiene como objetivo promover la transparencia en el ámbito laboral y facilitar el acceso a la información sobre convenios y acuerdos colectivos de trabajo. También tiene como objetivo contribuir a la igualdad de oportunidades en el trabajo, proporcionando información sobre planes de igualdad.

Registro y depósito de un Plan de igualdad

Toda la tramitación de la solicitud realizará por medio electrónicos a través de la aplicación REGCON, del Registro y Depósitos de convenios colectivos, acuerdos colectivos y planes de igualdad.

¿Quién ha de encargarse de registrar el Plan de Igualdad?

El art. 6 a) del RD 713/2010, de 28 de mayo, considera como solicitante válido para la inscripción en el registro de un plan de igualdad o acuerdo: la persona designada por la comisión negociadora.

La comisión negociadora tendrá competencias en cuantas funciones pudieran atribuirle la normativa y el convenio colectivo de aplicación, o se acuerden por la propia comisión. Incluida la remisión del plan de igualdad que fuere aprobado ante la autoridad laboral competente a efectos de su registro, depósito y publicación.

REGISTRO REGCON

¿Quién debe cumplimentar los datos estadísticos recogidos en el modelo oficial para el registro del Plan de igualdad?

El anexo 2.V Hoja estadística del plan de igualdad, debe ser cumplimentado por la comisión negociadora del plan de igualdad a la firma del mismo, o por la empresa consultora externa a la que se le haya encargado el desarrollo del plan.

Procedimiento de inscripción de planes de igualdad

  1. A partir de la firma del Plan de Igualdad, se abre un plazo de quince días para presentar a través de medios electrónicos ante el Registro de la autoridad laboral competente (REGCON) la solicitud de inscripción correspondiente.

    2. La persona encargada del registro será así designada por la comisión negociadora.

    3. En la solicitud de inscripción se deberán facilitar todos aquellos datos relativos a las partes firmantes del plan para el que se solicita la inscripción y la fecha de la firma. Así como, en su caso, los relativos a su ámbito personal, funcional, territorial y temporal y la actividad o actividades económicas cubiertas por los mismos, conforme se establece en el anexo 1 del reiterado RD 713/2010, de 28 de mayo.

Presentada la solicitud de registro, la persona solicitante podrá consultar y hacer seguimiento del expediente. También será la destinataria de cualquier solicitud de subsanación de errores o deficiencias que pueda tener el Plan de Igualdad.

Organismos de referencia en la materia por Comunidad Autónoma

Cada comunidad Autónoma tiene un organismo de referencia en la materia.

¿Qué sucede si el plan de igualdad no cumple los requisitos legales y reglamentarios?

La autoridad laboral deberá efectuar requerimientos –por medios electrónicos- a la persona solicitante para que subsane la falta o acompañe con los documentos preceptivos y en todo caso quedar constancia de dicha circunstancia en el registro.

¿Pueden cerrarse los Planes de Igualdad que no fueron cerrados con acuerdo?

Por regla general los planes deben estar acordados y suscritos por ambas partes de la Comisión Negociadora. Pero se puede presentar situaciones en que sea necesario registrar un Plan de Igualdad que no fuera cerrado por acuerdo. Un caso sería, cuando este se hace como sustitución de una sanción impuesta por la Inspección de Trabajo en materia de igualdad. En este caso, se debe presentar el plan de igualdad en el Registro, escogiendo la opción “Planes de igualdad no acordados”.

Depósito de medidas y protocolos para prevenir el acoso sexual y por razón de sexo

Serán objeto de depósito voluntario las medidas, acordadas o no, que sean adoptadas conforme a los artículos 45.1 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para prevenir la discriminación entre mujeres y hombres. Así como las medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

Cuando se solicite el depósito de convenios o acuerdos colectivos de eficacia limitada o acuerdos de empresa no incluidos en el artículo 2.1.h) de este real decreto en los registros de las autoridades laborales. Deberá remitirse por medios electrónicos el texto del mismo. Así como cumplimentar los datos estadísticos e identificativos que figuran en los anexos 1 y 2. Asimismo, se podrá solicitar el depósito de los acuerdos relativos a los protocolos de prevención y actuación ante situaciones de acoso sexual y por razón de sexo conforme a lo previsto en el art. 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y en el RD 713/2010, de 28 de mayo.

Publicación del Plan de Igualdad

El propio REGCON para el correcto registro del plan de igualdad solicitará un documento en formato Word o rtf en un único fichero para su posterior publicación en el Boletín Oficial correspondiente.

Según el Ministerio de Igualdad, el registro de planes de igualdad de las empresas puede hacerse en diferentes organismos de referencia.

El registro REGCON está disponible en línea y puede ser consultado por cualquier persona.

Acceder al registro REGCON AQUÍ

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