Fase 4 del Plan de Igualdad Municipal: Valoración y aprobación por el Pleno
La fase 4 del Plan de Igualdad Municipal de Oportunidades (PIMO) es la de valoración y aprobación por el Pleno. El Pleno debe aprobar el plan para que entre en vigor y sea aplicado.
El Pleno representa a la ciudadanía y, por ello, su aprobación otorga al plan de igualdad la fuerza legal necesaria para ser aplicado.
Una comisión técnica, compuesta por representantes de la Administración Pública y de la representación legal de los empleados públicos, valora el plan de igualdad para comprobar que cumple con los requisitos legales y que está adaptado a las necesidades de la Administración Pública.
La comisión técnica elabora un informe en el que se analiza el cumplimiento de los requisitos legales y la adecuación del plan a las necesidades de la Administración Pública. Si la comisión técnica considera que el plan de igualdad cumple con los requisitos, lo remite al Pleno para su aprobación.
El Pleno puede aprobar el plan de igualdad sin modificaciones o puede realizar modificaciones para adaptarlo a sus necesidades.
Efectos de la aprobación del plan de igualdad por el Pleno
- Legitima el plan de igualdad: La aprobación del Pleno otorga al plan de igualdad la fuerza legal necesaria para ser aplicado.
- Garantiza la participación de la ciudadanía: La aprobación del Pleno implica que el plan de igualdad ha sido sometido a la consideración de la ciudadanía, a través de sus representantes.
- Aporta transparencia al proceso de elaboración del plan de igualdad: La aprobación del Pleno garantiza que el plan de igualdad ha sido elaborado de forma transparente y participativa.
- Obliga a la Administración Pública a aplicar el plan de igualdad: La aprobación del Pleno obliga a la Administración Pública a aplicar el plan de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el mismo.